P: ¿Puedo tener un poder notarial duradero para la atención médica y un testamento vivo?
P: ¿Cuándo puede el defensor del paciente actuar en mi nombre? P: ¿Cómo podría ser incapaz de participar en decisiones médicas o de salud mental? P: ¿Quién determina cuándo ya no puedo participar en estas decisiones? P: ¿Qué pasa si mis creencias religiosas no permiten un examen por parte de un médico? P: ¿Qué poderes puedo dar a un defensor de un paciente? P: ¿Mi defensor de los pacientes tendrá el poder de manejar mis asuntos financieros? P: ¿Puedo dar a mi paciente defender el derecho de retener o retirar el tratamiento que me permitiría morir? P: ¿Puedo autorizar a mi defensor del paciente a decidir retener o retirar alimentos y agua que se me dan a través de los tubos? P: ¿Tengo el derecho en el documento para expresar otros deseos? P: ¿Cuáles son mis opciones sobre la atención de salud mental? P: ¿Cuáles son mis opciones con respecto a la donación de órganos? P: ¿Es importante expresar mis deseos específicos en una directiva anticipada? P: ¿Cuál es el deber de mi defensor del paciente? P: ¿Hay excepciones? P: ¿Qué pasa si no expreso ningún deseo específico sobre el tratamiento médico? P: ¿Un hospital o un hogar de ancianos permitirá a mi paciente defensor revisar mis registros? P: ¿A quién puedo elegir como un defensor del paciente? P: ¿Puedo elegir a una segunda persona para asumir el trabajo de ser mi defensor del paciente, en caso de que la primera persona no pueda hacerlo? P: ¿Qué debo hacer para tener un poder notarial válido duradero para la atención médica? P: ¿Qué debe hacer un defensor del paciente antes de actuar en mi nombre? P: ¿Hay un formulario requerido para el documento? P: ¿Debo usar un formulario de relleno en blanco? P: Una vez que firme un poder notarial duradero, ¿puedo cambiar de opinión? P: ¿Hay diferentes reglas para el tratamiento de salud mental? P: ¿Puede mi paciente defender negarse a actuar en mi nombre? P: ¿Qué pasa si hay una disputa cuando mi defensor del paciente está tomando decisiones por mí? P: ¿Qué pasa si recupero la capacidad de participar en decisiones médicas o de salud mental? P: ¿Qué pasa si no tengo a nadie a quien nombrar como un defensor del paciente?
Living Will
P: ¿Qué es un testamento vivo? P: ¿Cuándo entrará en vigencia la vida? P: ¿En qué se diferencia una voluntad viva de un poder notarial duradero para la atención médica? P: ¿Qué podría decir un vivir? P: ¿Es una voluntad viva legalmente vinculante para los proveedores de atención médica? P: ¿Vale la pena tener un testamento? P: ¿Puedo tener un poder notarial duradero para la atención médica y un testamento vivo? P: ¿Cuáles son los requisitos para un testamento vital?
no-no-resucitar Declaración
P: ¿Qué es una declaración de no resucitar? P: ¿Para quién podría ser un documento particularmente útil? P: ¿Debo estar terminalmente enfermo antes de firmar una declaración de DNR? P: ¿Son tales documentos legalmente vinculantes? P: ¿Hay formularios estándar para una declaración DNR? P: ¿Puede mi paciente defender firmar el formulario en lugar de mí? P: ¿Es necesario tener una declaración de DNR si tengo un poder notarial duradero o testamento vivo? P: ¿Qué más se puede hacer para evitar la reanimación no deseada? P: ¿Qué pasa cuando estoy en un hogar de ancianos u hospital?
Información general
P: En general, ¿qué debo hacer antes de completar una directiva anticipada? P: ¿Debería también hablar con mi médico? P: ¿Hay problemas a los que debería prestar especial atención? P: ¿Qué debo hacer con una directiva anticipada después de que esté firmada? P: ¿Qué pasa con una declaración de no resucitar? P: Después de firmar una o más directivas anticipadas, ¿debería seguir discutiendo el tema de mi atención? P: ¿Cuándo debo revisar una directiva anticipada? P: ¿Qué debo hacer si escribo una nueva directiva anticipada? P: ¿Cuáles son las responsabilidades de los centros de atención médica? P: ¿Honrará el hospital o el hogar de ancianos mi directiva anticipada? P: ¿Qué pasa si decido no tener una directiva anticipada?
Introducción
P: ¿Qué es una directiva anticipada? R: Una directiva anticipada es un documento escrito realizado antes de un incidente en el que pierde la capacidad de tomar decisiones médicas por usted mismo. Una directiva anticipada le permite poner por escrito específicamente qué tipo de atención médica desea y a quién desea facilitar sus deseos.
P: ¿Por qué hay necesidad de directivas anticipadas? R: Hace años, muchas personas fallecieron en sus propios hogares. Sin embargo, hoy, hay una posibilidad mucho mayor de que una persona que muera en un hospital o en un hogar de ancianos. Las opciones de tratamiento que enfrentamos han aumentado debido a la tecnología de crecimiento, y una mejor salud pública ha aumentado la esperanza de vida. Por lo tanto, pueden tener que tomar ciertas decisiones que se relacionen con nuestro cuidado, en un momento de nuestras vidas y salud, donde ya no podemos transmitir nuestros deseos a los demás.
Q: ¿Cuáles son las ventajas de tener una ¿Directiva anticipada? R: Al tener una directiva anticipada, se le brinda la seguridad de que sus deseos personales con respecto a su tratamiento médico y mental serán honrados, si se trata de un punto en el que no pueda expresarlos. Además, tener una directiva anticipada puede evitar la necesidad de una tutela, que podría imponerse a través del tribunal de sucesiones.
P: ¿Tengo que tener una directiva anticipada? R: No, no tienes que tener una directiva anticipada. La decisión de tener una directiva anticipada es completamente voluntaria. No puede verse obligado a tener uno por ningún miembro de la familia, miembro del personal del hospital y/o empleado de la compañía de seguros. Además, nadie puede decirle lo que el documento tiene que decir si decide escribir uno. Un hospital, un hogar de ancianos o una organización de hospicio no puede negarle su servicio en función de si tiene o no una directiva anticipada.
P: ¿Hay diferentes tipos de directivas anticipadas? R: Sí, hay diferentes tipos de directivas anticipadas. Un poder notarial duradero para la atención médica, un testamento vital y una declaración de no resucitar son tres tipos de directivas anticipadas. Además, hay una declaración de regalo anatómico, que entra en vigencia cuando mueres.
P: ¿Puedo tener más de un tipo de directiva anticipada? A: Sí. Puede elegir tener cualquier cantidad de directivas anticipadas, o no puede tener ninguna. ¿cuidado de la salud? R: Un poder notarial duradero para la atención médica, también conocido como proxy de atención médica o designación de defensor del paciente, es un documento en el que asigna a otra persona para tomar tratamiento médico y decisiones de atención personal relacionadas para usted. Además, puede optar por dar a su paciente defender el poder de tomar decisiones con respecto a cualquier atención de salud mental que pueda necesitar. Además, puede permitir que su defensor de los pacientes done órganos específicos o todo su cuerpo tras su muerte.
P: ¿Es un poder notarial duradero para la atención médica legalmente vinculante? R: Sí, es legalmente vinculante.
P: ¿Quién es elegible para tener un poder notarial duradero para la atención médica? R: Para ser elegible para tener un poder notarial duradero para la atención médica, debe tener al menos 18 años, y debe comprender que está dando poder a otra persona para tomar ciertas decisiones médicas por usted, si no puede hacer ellos.
P: ¿Cuándo puede el defensor del paciente actuar en mi nombre? R: Solo cuando no puede participar en las decisiones de tratamiento médico usted mismo es el defensor de su paciente capaz de tomar esas decisiones por usted. Toma sus propias decisiones hasta ese momento. Si elige dar a su paciente defender el poder de tomar decisiones sobre su tratamiento de salud mental, solo se le permite actuar si no puede dar un acuerdo informado para el tratamiento de salud mental.
P: ¿Cómo podría mí? ¿No puede participar en decisiones médicas o de salud mental? R: Si, por ejemplo, tuviera un derrame cerebral o quedó inconsciente en un accidente automovilístico, podría perder temporalmente la capacidad de tomar o comunicar ciertas decisiones médicas. Podría sufrir una pérdida permanente a través de una condición degenerativa, como la demencia. Además, es posible que no pueda tomar decisiones de salud mental si le diagnostican una afección como depresión severa o esquizofrenia, porque esas condiciones podrían afectar su estado de ánimo o proceso de pensamiento.
P: quién determina cuándo soy ¿Ya no puede participar en estas decisiones? R: El médico que es responsable de su atención y de otro médico o psicólogo que examine usted decidirá cuándo ya no puede participar en estas decisiones médicas. Después de examinarlo, un médico y un profesional de la salud mental (médico, psicólogo, enfermera registrada o trabajador social a nivel de maestría) deben tomar la decisión con respecto al tratamiento de salud mental. En el documento, puede elegir al médico y al profesional de la salud mental que desea tomar esta decisión.
P: ¿Qué pasa si mis creencias religiosas no permiten un examen por parte de un médico? R: Si este es el caso, en su documento duradero de poder notarial, debe escribir que sus creencias religiosas no permiten un examen por parte de un médico. También debe dejar en claro en su documento cómo desea que decidiera que no puede participar en las decisiones de atención médica.
P: ¿Qué poderes puedo dar a un paciente defensor? R: Puede dar a un paciente defender el poder de tomar esas decisiones de cuidado personal que normalmente toma por usted mismo. Por ejemplo, puede darle a su paciente defensor de defensa para que consiente o rechace el tratamiento médico para usted; Organizar el tratamiento de salud mental, la atención médica domiciliaria o la guardería para adultos; o admitirlo en un hospital, hogar de ancianos o hogar para los ancianos. También puede permitir que el defensor de su paciente done sus órganos o organismos, lo que sería efectivo tras su muerte.
P: ¿Mi defensor de los pacientes tendrá el poder de manejar mis asuntos financieros? R: Puede dar a su paciente defender el poder de establecer servicios de atención médica y personal, y pagar esos servicios utilizando sus fondos. Sin embargo, su defensor del paciente no tendrá el poder general para manejar todas sus propiedades y finanzas. Si desea que otra persona maneje todas sus propiedades y asuntos financieros si no puede hacerlo, puede buscar la ayuda de un abogado para redactar un poder notarial duradero para finanzas o un fideicomiso vivo.
Q: Can Le doy a mi paciente defensor el derecho de retener o retirar el tratamiento que me permitiría morir. R: Sí, pero debe indicar de una manera clara y convincente de que el defensor del paciente esté autorizado para tomar tales decisiones, y debe reconocer que estas decisiones podrían o permitir su muerte.
P: ¿Puedo ¿Autorizar a mi defensor del paciente a decidir retener o retirar alimentos y agua que se me dan a través de tubos? A: Sí. Si desea dar a su paciente defender este derecho, describa en el documento las circunstancias específicas en las que él o ella puede actuar: enfermedad terminal e inconsciencia permanente, por ejemplo.
P: ¿Tengo el derecho correcto? ¿En el documento para expresar otros deseos? A: Sí. Por ejemplo, puede expresar sus deseos con respecto a otros tipos de atención que desea durante la enfermedad terminal. También puede expresar el deseo de no ser colocado en un hogar de ancianos y un deseo de morir en casa. Su defensor del paciente tiene el deber de tratar de seguir sus deseos.
P: ¿Cuáles son mis opciones sobre la atención de salud mental? R: Usted tiene la opción de dar o no a su paciente defender a su paciente cualquier poderes relacionados con la atención de salud mental. Si elige brindarle a sus poderes de defensor de sus pacientes que se ocupan de la atención de salud mental, debe indicar claramente qué poderes tiene. Algunos poderes a considerar son tratamiento ambulatorio, hospitalización, administración de medicamentos psicotrópicos y terapia electro-convulsiva (TEC). También puede proporcionar más detalles; Por ejemplo, qué hospital prefiere y qué medicamentos desea o no desea.
P: ¿Cuáles son mis opciones con respecto a la donación de órganos? R: Puede elegir si o no dar o no a su paciente abogar este poder. Si desea que su defensor del paciente tenga este poder, puede dejar en claro qué órganos desea donar, o si desea que se done todo su cuerpo. También puede dejar en claro dónde o a quién desea que se donen sus órganos. También puede completar el formulario separado en este folleto, Declaración de regalo anatómico. Si establece sus deseos tanto en el poder de abogado duradero como en la declaración de un regalo anatómico, asegúrese de que sus deseos sean los mismos en ambos documentos.
Q: ¿Es importante expresar mis deseos específicos en un ¿Directiva anticipada? R: No se pueden seguir sus deseos si nadie sabe lo que son. También puede ser https://harmoniqhealth.com difícil para su defensor tomar una decisión por usted sin orientación. Si tiene deseos específicos, aclare a su paciente defensor para hablar con él o ella. También considere incluir estos deseos en el documento.
P: ¿Cuál es el deber de mi defensor del paciente? R: Su defensor del paciente tiene el trabajo de tomar medidas para seguir sus instrucciones y sus deseos que se expresan mientras pudo participar en la discusión.
P: ¿Hay excepciones? R: Un profesional de la salud mental puede elegir no honrar sus deseos con respecto a un tratamiento, ubicación o profesional de salud mental específicos, si hay una emergencia psiquiátrica que ponga su vida o la vida de otra persona en riesgo.
P: ¿Qué pasa si no expreso ningún deseo específico sobre el tratamiento médico? R: En este caso, su defensor de los pacientes tendría que tomar una decisión sobre su atención médica, en lo que él o ella considera que es su mejor interés.
P: ¿Un hospital o un hogar de ancianos permitirá a mi defensor de los pacientes revisar mis registros? A: Sí, lo hará. Un paciente tiene derecho a mirar y copiar su hospital o registros de hogares de ancianos. Su defensor del paciente tiene el mismo derecho que tiene, una vez que no puede participar en las decisiones de tratamiento
P: ¿A quién puedo elegir como defensor de mi paciente? R: Puede elegir a cualquier persona de 18 años o más como defensor de su paciente. Puede elegir a su cónyuge, un hijo adulto, un amigo u otro individuo. Sin embargo, debe elegir a alguien en quien confíe, que pueda manejar la responsabilidad y que esté dispuesto a asumir el trabajo de ser su defensor del paciente. También es una buena idea hablar con la persona que planea hacer que su defensor de los pacientes antes de completar y firmar el documento.
P: ¿Puedo elegir una segunda persona para asumir el trabajo de ser mi paciente? abogado, en caso de que la primera persona no pueda hacer eso? A: Sí. Es una buena idea hacer eso.
P: ¿Qué debo hacer para tener un poder notarial válido duradero para la atención médica? R: La declaración debe ser por escrito, firmada por usted y presenciada por dos adultos. Hay ciertas restricciones sobre quién puede ser testigo. Por ejemplo: necesita testigos que no sean miembros de la familia, no su médico o posible defensor del paciente, ni un empleado de un centro de salud o un programa donde sea paciente o cliente.
P: ¿Qué hace un ¿El defensor del paciente debe hacer antes de actuar en mi nombre? R: Antes de que el defensor del paciente pueda actuar en su nombre, él o ella debe firmar una aceptación. Esto se puede hacer en el momento en que complete el documento o en un momento posterior.
P: ¿Existe un formulario requerido para el documento? A: No, no lo hay. Hay varias organizaciones que proporcionan formularios gratuitos. Asegúrese de completar cualquier documento que escriba o imprima claramente.
P: ¿Debo usar un formulario de relleno en blanco? R: No, no tienes que hacerlo. Puede escribir su propio documento o hacer que un abogado redacte un documento para usted.
P: Una vez que firme un poder notarial duradero, ¿puedo cambiar de opinión? A: Sí, puedes.